Consecuentemente, este Tribunal advierte la ausencia de precisión de la infracción legal, sobre la cual
Consecuentemente, este Tribunal advierte la ausencia de precisión de la infracción legal, sobre la cual el recurrente basa su recurso de casación, exigencia a la que esta compelido el recurrente, conforme exige el art. 271 del CPC-2013, el demandado interpone su recurso de casación, sin acusar infracción legal alguna y sin especificar qué prueba considera que ha sido valorada con error de hecho o de derecho, limitándose incoherentemente a acusar error en la valoración de la prueba; sin percatarse, que el recurso de casación no es una tercera instancia de revisión del proceso, sino, un recurso extraordinario de puro derecho, en el que el recurrente ésta obligado a identificar la infracción, en la que a su entender incurrió la resolución de Vista, exigencia no cumplida por el recurrente en su recurso, razón por la que este Tribunal, se ve inhibido de emitir pronunciamiento, por ausencia de carga argumentativa y técnica en el recurso
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
