Auto Supremo AS/0003/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2019

Fecha: 06-Feb-2019

Por lo expuesto, teniéndose que el cómputo para la prescripción corría desde el 1 de

Por lo expuesto, teniéndose que el cómputo para la prescripción corría desde el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2008, y que con todo lo fundamentado a juicio de este Tribunal, no existió reconocimiento de la obligación conforme lo exige el art. 54 de la Ley N° 1340 ni petición idónea para suspender cómputo de la prescripción sobre la deuda determinada emergente de la Orden de Verificación Nº 00088 que tenía como alcance los impuestos IVA e IT por la gestión 2002, comprendiendo los meses de enero a diciembre de esa gestión, que dio lugar a la Resolución Determinativa Nº 17-0000923-09 de 29 de diciembre de 2009, que recién fue notificada el 30 de diciembre de 2009, se tiene de forma contundente que esta notificación se realizó después que se operó la prescripción para determinar la obligación impositiva, aplicar multas, hacer verificaciones, rectificaciones o ajustes y exigir el pago de tributos, multas, intereses y recargos, tal como establece el art. 52 de la Ley N° 1340