Auto Supremo AS/0003/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2019

Fecha: 06-Feb-2019

Sin embargo de lo anterior y continuando con el análisis, expuesto y aclarado que el

Sin embargo de lo anterior y continuando con el análisis, expuesto y aclarado que el término de la prescripción no se extendió por no concurrir ninguna de las causales que dan lugar a la misma, sí se produjo la suspensión de su cómputo, con la notificación de la Orden de Verificación al contribuyente, practicada el 8 de octubre de 2007. La suspensión del cómputo del término de la prescripción se produjo por tres meses, en aplicación de la segunda parte del artículo 77 de la Ley N° 1340, que indica: “Los términos se suspenden durante la sustanciación de la causa en la fase administrativa por un plazo de tres meses desde la primera notificación al imputado”