Auto Supremo AS/0103/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2019

Fecha: 20-Feb-2019

A mayor abundamiento, con relación a lo argumentado por el GADSC en sentido de que

A mayor abundamiento, con relación a lo argumentado por el GADSC en sentido de que la jurisdicción prevista en el art. 11 del Decreto Supremo Nº 25183, trata sobre la jurisdicción que le otorga el régimen de descentralización administrativa, es pertinente dejar claramente establecido que de acuerdo a los arts. 110 de la anterior CPE y 2 de la LDA, el objeto de la descentralización administrativa es: a) Establecer la estructura organizativa del Poder Ejecutivo a nivel Departamental dentro el régimen de descentralización administrativa, b) Establecer el régimen de recursos económicos y financieros departamentales y c) Mejorar y fortalecer la eficiencia y eficacia de la administración pública, en la prestación de servicios en forma directa y cercana a la población; en cuyo marco legal, a contrario sensu la jurisdicción argüida, se refiere únicamente a la otorgada a las Ex Prefecturas, para el ejercicio de sus funciones específicas, no así para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuando en su condición de sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria, debe empozar los montos retenidos antes mencionados en los plazos y lugares preestablecidos por la normativa