Auto Supremo AS/0103/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2019

Fecha: 20-Feb-2019

En ese marco limitativo y de prelación, el CTB define la existencia de dos sujetos

En ese marco limitativo y de prelación, el CTB define la existencia de dos sujetos de la relación jurídica tributaria, teniéndose por una parte, el Sujeto Activo en cual se constituye el Estado, con facultades de recaudación, control, verificación, valoración y otras, ejercidas por la administración tributaria sea Nacional o Departamental o Municipal, dispuestas por el art. 21 del CTB; y por otra parte, se tiene al Sujeto Pasivo en que se constituye el contribuyente o sustituto del mismo, respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria y está obligado a cumplir las obligaciones tributarias establecidas por la normativa de la materia, independientemente de su condición o naturaleza jurídica, todo conforme los arts. 22 y 23 del CTB