En conocimiento del señalado Auto de Vista, la entidad demandada, formuló recurso de casación, de
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la entidad demandada, formuló recurso de casación, de fs. 180 a 182, señalando lo siguiente:
1.- No se tomó en cuenta en instancia, que la desvinculación laboral fue producto de la renuncia voluntaria de la actora, hecho que reconoció; por lo que, al otórgale una indemnización se vulnera de manera flagrante lo estipulado en el art. 9 inc. f) del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DRLGT), que establece que no habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando el trabajador incurre en retiro voluntario
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la entidad demandada, formuló recurso de casación, de fs. 180 a 182, señalando lo siguiente:
1.- No se tomó en cuenta en instancia, que la desvinculación laboral fue producto de la renuncia voluntaria de la actora, hecho que reconoció; por lo que, al otórgale una indemnización se vulnera de manera flagrante lo estipulado en el art. 9 inc. f) del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DRLGT), que establece que no habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando el trabajador incurre en retiro voluntario
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Mery Yujra Hilari, y tramitado
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la COSSMIL a través de su representante Cnl
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la entidad demandada, formuló recurso de casación, de
- 2
- Por lo cual no se tomó en cuenta a momento de emitir el “fallo” (no
- El art
- La Ley Nº 2104 de 21 de junio de 2000, en su art
- 3
- 4
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita que “el Tribunal Ad Quem, revisado el fallo emitido”
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- Sin argumentar la entidad recurrente, como se violó, vulneró o aplico erróneamente, la norma aludida,
- Se debe considerar que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar
- II
- Por otro lado, el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
