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    Auto Supremo AS/0197/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0197/2019

    Fecha: 06-Mar-2019

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    • Proceso: División, partición de bienes y otros
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 1
    • 2
    • 5
    • 7
    • 9
    • 10
    • En merito a estos y otros argumentos, solicita se declare improcedente el referido recurso de
    • CONSIDERANDO III
    • En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
    • Sobre este particular, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, ha razonado: “La motivación de
    • En ese mismo entendido, en la SCP Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se ha
    • Finalmente la SCP 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado señalando: “…es
    • Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en sus
    • Sobre este tema, el autor Armando Córdova Saavedra, en su obra “MANUAL PRÁCTICO DEL NUEVO
    • De lo expuesto, se puede inferir que el recurso de casación tiene como una de
    • Entonces, tomando en cuenta que el recurso de casación es considerado un medio impugnatorio vertical
    • Sobre este tema el autor Víctor Roberto Obando Blanco, en su escrito “LA VALORACION DE
    • De estas acepciones podemos inferir que en nuestro régimen procesal civil vigente, la valoración de
    • En cuyo entendido se observa que nuestro ordenamiento jurídico, sigue la doctrina moderna en materia
    • Ahora bien el sistema de valoración de prueba legal o tasada, se encuentra vigente a
    • Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba (ya sea por
    • Deduciendo de ello que el Código Procesal Civil orienta la labor valorativa de los juzgadores,
    • Expuesta como está la doctrina legal aplicable al caso, corresponde emitir las siguientes consideraciones
    • Sobre esta cuestión, no existe duda que la citada alegación recursiva se encuentra abocada a
    • Ahora bien, de una minuciosa lectura del recurso de casación planteado en el fondo, se
    • En ese entendido, en el punto 1) de dicho recurso, los recurrentes reclaman la ausencia
    • Es en ese marco que este Tribunal, en sus diferentes fallos, ha comprendido la importancia
    • De ahí que en el presente caso, se puede advertir que la resolución impugnada, es
    • Por otra parte en lo concerniente a los puntos 2), 3), 4), 5), 6), 7),
    • En el punto 10) del recurso casación, se han traído una serie de cuestiones abocadas
    • Tal es así que en un primer argumento, la recurrente cuestiona que en la presente
    • Sobre esta cuestionante, cabe señalar que la acusada ausencia de elementos probatorios en la determinación
    • Finalmente en cuanto a la alegada contradicción que existirá entre las aseveraciones del actor y
    • Se regula honorarios en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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