Auto Supremo AS/0231/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2019

Fecha: 08-Mar-2019

Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron

Al respecto se debe señalar que en relación a lo fundamentado en el punto III. 3 de la doctrina Aplicable y el análisis del recurso de apelación cursante de fs. 95 a 99, en contrastación con el Auto de Vista REG/S.CII/ASEN.030/13.04.2018 de 13 de abril cursante de fs. 144 a 148 vta., ahora recurrido, se tiene que los reclamos que los recurrentes traen en los puntos descritos supra no fueron acusados en apelación, razón por la que no existió pronunciamiento del Ad quem al respecto, quedando este Tribunal de casación por el principio de per saltum impedido de entrar al análisis de los reclamos descritos supra que se encuentran en los puntos 4 y 6 del contenido del recurso de casación, puesto que para estar a derecho, el recurrente debió instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia y de ningún modo realizarlo en el recurso extraordinario de casación, considerando que no es viable traer nuevas causales en casación que no fueron observadas en las etapas correspondientes, aspecto que imposibilita su análisis.
Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron analizadas, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia emitir resolución conforme lo prevé el art. 220.II del Código Procesal Civil