Auto Supremo AS/0097/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2019

Fecha: 08-Abr-2019

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6.- Dilación en relación a la aplicación de los derechos fundamentales por parte de sus progenitores –nadie puede aducir el desconocimiento de la norma- conforme a la CPE se establece que el Estado tiene el deber de garantizar el interés del niño, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados. En este sentido, la protección a las mujeres en estado de gestación y progenitores de un niño o niña menor de un año de edad tiene como único fin la protección de la madre y del niño, la cual debe ser pronta y oportuna