Auto Supremo AS/0097/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2019

Fecha: 08-Abr-2019

En ese sentido, señala que se debe tener presente que cuando se trata de una

En ese sentido, señala que se debe tener presente que cuando se trata de una persona menor de edad, de conformidad al art. 58 de la CPE, es titular de derechos, por cuanto corresponde a los padres resguardar la efectiva protección de sus derechos a la vida, salud y la seguridad social (arts. 15, 18 y 35 de la CPE). Por cuanto la intención del legislador es la rápida activación de los derechos, aduciendo que se puede establecer que este principio no fue cumplido por sus progenitores, ya que la data de su desvinculación laboral es a partir del 30 de abril de 2013 y la presente demanda fue interpuesta después de más de dos años, aspecto que contradice los principios de inmediatez y prontitud. Al respecto menciona los arts. 59.I, 60, 108, 164.I y II, 410.I de la CPE que habrían sido vulnerados por la parte actora