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8.- Falta de documentación y requisitos que permita la vigencia de la inamovilidad laboral. La precitada SC 0738/2015 aludiendo el D.S.012, señala que los requisitos para beneficiarse de la inamovilidad laboral que deben presentarse son: a) certificado médico de embarazo extendido por el ente gestor de salud o por los establecimientos públicos de salud, b) Certificado de matrimonio o acta de reconocimiento ad vientre extendido por el Oficial de Registro Civil, c) Certificado de nacimiento del hijo o hija extendido por el Oficial de Registro Civil. De acuerdo a la documentación cursante a fs. 487, permite establecer que la parte actora no contaba con los documentos suficientes para ser atendido, ya que el citado informe administrativo SMD/ADM/2016/001 establece que la esposa e hijo del actor no contaban con registro AVC06, el cual se constituye en uno de los requisitos para ser atendido en el seguro, extremos plasmados en el comunicado B.S. 02/2012 de fs. 489, y puestos en conocimiento del Sr. López -la obligación de poner en orden sus documentos de afiliación- por lo que se puede establecer que posterior al nacimiento de su hijo no contaba con los documentos requeridos y tampoco este extremo fue dilucidado por la parte actora
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, deducida por las partes, a fs
- El referido Auto de Vista, motivó al representante legal de COTEL La Paz Ltda
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- Reitera que el Reglamento Interno de COTEL LA PAZ Ltda
- Refiere que el proceso administrativo ejecutoriado, estableció responsabilidades administrativa, civil y penal, por haber ajustado
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- Hace referencia a la SC 0177/2012 de 14 de mayo de 2012, inherente al procedimiento
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- En ese sentido, señala que se debe tener presente que cuando se trata de una
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- Solicita CASAR el Auto de Vista y consiguientemente revocar la Sentencia 137/2016 pronunciada por la
- CONSIDERANDO II
- Por su parte el art
- Así también el art
- Ahora bien, dada la evidente desproporción de fuerzas entre el empleador y el trabajador; durante
- En virtud a las consideraciones precedentes, realizada una revisión minuciosa de los antecedentes procesales, corresponde
- El punto principal en controversia expresado en el recurso, converge en la improcedencia de la
- Asimismo, refiere que el Reglamento Interno de COTEL La Paz Ltda
- Al respecto, es evidente la modificación aludida por el ente recurrente, el Artículo Único del
- Se incluyen los Parágrafos IV y V en el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº
- La normativa descrita precedentemente con su correspondiente modificación, mantiene como posibilidad de reclamar la reincorporación,
- Conforme a la revisión de la jurisprudencia inherente al recurso de casación contrastada con el
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
