Por memoriales presentados el 18 y 23 de octubre de 2017, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2019-RA
Sucre, 08 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 16/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Juan Pablo Zapata Paz
Delito : Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 18 y 23 de octubre de 2017, de fs. 722 a 727 y 729 a 732, el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 41 de 14 de junio de 2017 de fs. 693 a 701, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Juan Pablo Zapata Paz, por la presunta comisión del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por el art. 308 bis con relación al art. 310 incs. 2) y 4) del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2019-RA
Sucre, 08 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 16/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Juan Pablo Zapata Paz
Delito : Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 18 y 23 de octubre de 2017, de fs. 722 a 727 y 729 a 732, el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 41 de 14 de junio de 2017 de fs. 693 a 701, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Juan Pablo Zapata Paz, por la presunta comisión del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por el art. 308 bis con relación al art. 310 incs. 2) y 4) del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memoriales presentados el 18 y 23 de octubre de 2017, de fs
- I.1. Antecedentes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Oswald R
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Haciendo mención al Auto Supremo 494 de 2 de noviembre de 2003, refiere que en
- II.2. Recurso de casación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV.1. Recuso de casación del Ministerio Público
- Al respecto, se invoca los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 461/2009 de 4
- En consecuencia se deja constancia que con relación al Auto de Vista 37 de 6
- IV.2. Recuso de casación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- Con relación al segundo motivo, señala que en el presente caso se infringió los arts
- En el tercer motivo, refiere que el Tribunal de alzada incurrió en el defecto comprendido
- Asimismo, invoca los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 450/2015 de 29 de junio
- Respecto del cuarto motivo, el recurrente denuncia que se incurrió en el defecto comprendido en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
