Auto Supremo AS/0223/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

En cuanto al segundo motivo del recurso, el recurrente identificó como la disposición violada el


En cuanto al segundo motivo del recurso, el recurrente identificó como la disposición violada el art. 46 del CPP, al considerar que el juez competente para conocer el hecho es el Juez en lo Civil, ante la existencia de una superposición de derechos propietarios, motivo por el cual el Banco debió interponer una demanda ordinaria civil. En este contexto, el recurrente expresó su pretensión de que se enmiende la inobservancia de la ley mencionada, disponiendo la nulidad de todo lo actuado y la remisión de antecedentes ante la autoridad competente en materia civil para dilucidar el derecho propietario de los inmuebles objeto de la litis. Por lo señalado, este motivo identificó expresamente la norma vulnerada y la aplicación pretendida