Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0223/2019-RRC
Fecha: 15-Abr-2019
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 9 de julio de 2018, de fs
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I.1. Antecedentes
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Pacífico Montoya Álvarez interpuso recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Con el rótulo de “Violación al derecho al debido proceso en su elemento de vulneración
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Acusa defecto absoluto por violación al principio de tutela judicial efectiva y el derecho al
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El recurrente asegura que en apelación restringida cumplió con señalar qué aplicación pretendía sobre las
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Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 098/2013 de 15 de abril y 27/2010 de
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Denuncia que el Tribunal de apelación en la respuesta de su cuarto motivo de apelación
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y su complementario,
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 735/2018-RA de 17 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia 14/2017 de 3 de agosto, el Tribunal Primero de Sentencia y Juzgado de
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El Tribunal de Sentencia, establece una vez analizadas las argumentaciones del Ministerio Público, parte civil
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Pacífico Montoya Álvarez, interpuso recurso de apelación restringida, alegando
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Acusó el defecto previsto en el inc
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También refirió el defecto de Sentencia previsto en el inc
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
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Con relación a los demás agravios admitidos, se establecen que los mismos fueron declarados improcedentes
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Conforme lo dispuesto por los arts
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Referente a la debida fundamentación y motivación de resoluciones judiciales se debe tomar en cuenta
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la CPE y el CPP,
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Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el juzgador
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Lo anterior significa, que estamos ante una la falta de fundamentación o motivación cuando la
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Por otra parte, en la doctrina contemporánea como en algunas legislaciones se establece la diferenciación
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De tal manera, es menester precisar las diferencias de la fundamentación respecto a la motivación,
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Asimismo, una resolución puede ser razonada o motivada pero no estar fundada en derecho, (por
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Entonces, para fundamentar es necesario justificar con motivos que conduzcan a un razonamiento, mediante el
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Por otro lado Maier define la motivación como la exposición de las razones de hecho
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III.3. Análisis del caso concreto
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En el primer motivo, el recurrente denuncia defecto absoluto por supuesta violación al derecho al
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Debe agregarse que los parámetros establecidos para una resolución fundamentada fueron cumplidos por el Tribunal
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En consecuencia, por los argumentos motivados y fundamentados otorgados al recurrente, no se evidencia la
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En cuanto al segundo motivo, se denuncia falta de motivación en la respuesta en torno
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“De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o a las
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Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de manera que
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Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los diferentes
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
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El vicio de incongruencia como desajuste entre el fallo judicial y los términos en los
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Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las denuncias
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Bajo este preámbulo, corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado y lo resuelto
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En consecuencia, por los argumentos motivados y fundamentados otorgados al recurrente, no se evidencia falta
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Es así, que el Auto Supremo 98/2013 de 15 de abril, emitido dentro del proceso
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En el caso analizado, presentado el recurso de apelación restringida por el imputado, ahora recurrente,
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Esto significa que el Tribunal de alzada adoptó la determinación de declarar inadmisibles los motivos
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Por otra parte, analizados tanto el recurso de apelación restringida como el memorial de subsanación,
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En cuanto al segundo motivo del recurso, el recurrente identificó como la disposición violada el
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Respecto a los motivos 3) y 4), esta Sala entiende que el recurrente cumplió con
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En consecuencia, la decisión de rechazo del recurso de apelación restringida de los motivos 1)
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Por lo expuesto corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, a efecto de
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También invocó el Auto Supremo 27/2010 de 3 de febrero, emitido dentro del proceso de
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El tribunal de alzada, al resolver la apelación restringida como medio legal para impugnar errores
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No son susceptibles de convalidación los defectos concernientes a los que impliquen inobservancia o violación
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El derecho a recurrir, a objeto de que la resolución pronunciada pueda ser sometida a
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En consecuencia, por el adecuado juicio de admisibilidad realizado por el Tribunal de alzada y
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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