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    Auto Supremo AS/0340/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0340/2019

    Fecha: 03-Abr-2019

    De lo manifestado, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art

    De lo manifestado, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.II del Código Procesal Civil
    • Expediente: CH-63-18-S
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • Señaló que no cumplió con expresar con precisión y claridad la ley o leyes infringidas,
    • Manifestó que no consideró que en casación solo sean rebatibles las cuestiones de derecho y
    • CONSIDERANDO III
    • III.2. Del presupuesto de la identidad de la cosa en la reivindicación
    • CONSIDERANDO IV
    • En atención a los antecedentes del proceso se hace necesario realizar la siguiente consideración
    • Bajo esta última prueba técnica se emitió la Sentencia de 21 de octubre de 2016,
    • Posteriormente, a fs
    • 2
    • 3
    • Recurso de casación de Juan Chiro Impa
    • Seguidamente, manifestó sobre la prueba pericial referida a la emitida por Javier Lía Serrudo, destruyó
    • Por último, cuestionó sobre la prueba producida en segunda instancia señalando existencia de preclusión; sin
    • De lo manifestado, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario del abogado de la parte demandante en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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