Auto Supremo AS/0351/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2019

Fecha: 03-Abr-2019

Añade que no tienen una concepción del contenido de los conceptos de invalidez

Añade que no tienen una concepción del contenido de los conceptos de invalidez de un acto jurídico y la concepción de ineficacia de un acto jurídico, de ahí que la observación que hacen sobre el derecho material para disponer la nulidad vulnera el principio de especificidad (art. 105 de la Ley 439) y el principio dispositivo (art.1 num. 3) de la Ley Nº 439) en consecuencia corresponde la nulidad del Auto de Vista recurrido para que emita criterio sobre el fondo del recurso, ante vicios procesales de nulidad inexistentes