Auto Supremo AS/0263/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2019

Fecha: 16-May-2019

Bajo estos parámetros, se concluye que al ser evidentes en parte los extremos denunciados en

IV. CONCLUSION
Bajo estos parámetros, se concluye que al ser evidentes en parte los extremos denunciados en el recurso de casación en el fondo de fs. 163 a 164, interpuesto por Rodrigo Zabala Rivero, respecto al correcto importe del bono de antigüedad, al salario que percibía y por consiguiente, a la respectiva liquidación de sus beneficios sociales; corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenida en el art. 220.IV del CPC-2013, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT