Por lo anteriormente expuesto y considerando que, en materia laboral, el principio protector juega uno
Por lo anteriormente expuesto y considerando que, en materia laboral, el principio protector juega uno de los roles más importantes, pues se constituye en unos de los pilares fundamentales del derecho del trabajo que busca proteger y favorecer al trabajador en las relaciones de trabajo. Por ello, desde sus inicios encontramos que, en el Derecho Laboral, el trabajador es la parte débil de ésta y, por ende, que existe una desigualdad en la realidad contractual del trabajo, por lo que el principio en mención trata de amparar a una de las partes para lograr una justicia social en condiciones humanas con el empleador. En ese sentido y dando estricto cumplimiento al principio proteccionista, es que se debe rectificar los errores en el cálculo del bono de antigüedad, salario promedio indemnizable y posterior liquidación final a favor del trabajador, ahora recurrente, conforme a los fundamentos expuestos y en estricto cumplimiento de los derechos laborales tutelados constitucionalmente y que son irrenunciables, inembargables e imprescriptibles, conforme lo establece el art. 48 de la CPE
- Sentencia
- En grado de apelación deducida por el demandante de fs
- Ante la determinación del citado Auto de Vista, interpusieron recurso de casación el demandante Rodrigo
- En cumplimiento del citado Auto Supremo N° 581, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social
- II.- RECURSO DE CASACIÓN
- 1
- Finaliza expresando que, tomando en cuenta el salario mínimo vigente al tiempo de la liquidación,
- 2
- Petitorio
- Doctrina aplicable al caso
- En ese sentido, el art
- Del mismo modo, en materia social, se ha instituido como regla constitucional el principio de
- Ahora bien, es preciso establecer que la antigüedad laboral está definida como el conjunto de
- En ese sentido, nuestra legislación estableció en el art
- A ello, el art
- Posteriormente, dicho bono fue regulado, en relación a la naturaleza de la fuente laboral, conforme
- Finalmente, corresponde señalar que de acuerdo al art
- En base a la doctrina aplicable y a los argumentos de la parte recurrente, se
- Por consiguiente, al momento de liquidarse este derecho laboral a favor del actor, los Jueces
- En ese sentido y a manera de mayor abundamiento; corresponde hacer notar que, el cálculo
- Por lo anteriormente expuesto y considerando que, en materia laboral, el principio protector juega uno
- Respecto al reclamo del numeral 2), referido a que no se le reconoció el pago
- Bajo estos parámetros, se concluye que al ser evidentes en parte los extremos denunciados en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable el error
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
