Auto Supremo AS/0263/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2019

Fecha: 16-May-2019

Respecto al reclamo del numeral 2), referido a que no se le reconoció el pago

Respecto al reclamo del numeral 2), referido a que no se le reconoció el pago dominical y feriados en favor del trabajador; cabe señalar que, todo “auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación y fundamentación” conforme lo determina el art. 265.I del Código Procesal Civil (CPC-2013); en ese sentido, en el caso de autos se evidencia que el Auto de Vista Nº 100 de 24 de agosto de 2016 de fs. 155 a 156 vta., resolvió conforme los puntos expuestos en el recurso de apelación (fs. 121 a 122 de obrados), notándose que el Tribunal Ad quem se circunscribió conforme los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de apelación y fundamentación acorde con lo que establece el ya citado artículo, advirtiéndose claramente que, entre sus agravios no se encuentra el reclamo por pago de “días domingo y feriados”; por consiguiente, no fue motivo de pronunciamiento por el Tribunal de Alzada en el Auto de Vista ahora impugnado, como tampoco por el Juez de primera instancia en la Sentencia N° 21 (fs. 98 a 101 vta.), lo que significa que éste Tribunal Supremo de Justicia no puede emitir pronunciamiento alguno con relación a este reclamo, ya que por mandato expreso del referido art. 265.I del CPC-2013, solamente puede emitir criterios respecto a los puntos resueltos por el Tribunal de segunda instancia y que fueron objeto de apelación, por lo que, no amerita mayor pronunciamiento al respecto