Auto Supremo AS/0341/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

De lo precisado, esta Sala considera que la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada

En atención a la problemática acusada, el Tribunal de alzada, precisó que la declaración informativa policial de Carmen Eguez Rendón –prueba 5-, no fue introducida a juicio sino más bien fue leída a la testigo cuando esta se encontraba declarando ante el Tribunal de Sentencia, no habiendo objetado ninguna de las partes dicha lectura, siendo valorada únicamente la declaración de la testigo en juicio, a efectos de la Sentencia.
De lo precisado, esta Sala considera que la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada resulta lo suficientemente aprehensible, más aún cuando el planteamiento de los recurrentes en su apelación restringida, resulta genérico y escaso de fundamento para sostener la existencia del defecto previsto por el inc. 4) del art. 370 del CPP; por lo cual, se considera que el Tribunal de alzada otorgó una respuesta concreta, en la que se visualiza las razones por las cuales el motivo fue desestimado