Auto Supremo AS/0344/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2019-RRC

Fecha: 15-May-2019

III.1. La labor de contraste en el recurso de casación


El recurrente Gabriel Oscar Mamani Bernabé manifesta que el Ministerio Público y el Juez a quo no habrían probado su culpabilidad en el delito de Tráfico de Sustancias Controladas en grado de autor, pero no detalla de forma precisa cuáles serían esos elementos contradictorios de las pruebas que demostrarían su no participación y tampoco justifica el motivo de su presencia en el inmueble de forma objetiva. Por lo que el Tribunal a quo ha aplicado de forma correcta el art. 48 de la Ley 1008 con relación al art. 33 núm. II inc. m). Asimismo el recurrente, señala no tener conocimiento de las sustancias controladas encontradas en el inmueble allanado en el lugar de los hechos, pero como se tiene dicho anteriormente no justifica su presencia en el lugar del hecho, el domicilio donde se encontró la sustancia controlada, pues cuando una persona no tiene nada que ver con el hecho demuestra su inocencia con todos los medios posibles, lo cual a pesar de que el Ministerio Público tiene la obligación de demostrar la culpabilidad de los acusados por el sistema penal acusatorio, no es menos cierto que la defensa tiene la facultad de presentar prueba de descargo idónea que desvirtúen los extremos señalados por el Ministerio Público, situación que no ocurre en este caso y la única estrategia de la defensa es alegar que no se demostró su culpabilidad.

Se cita al art. 370 inc. 6) del CPP, pero tampoco fundamenta en qué consistiría la errónea valoración de la prueba, qué pruebas supuestamente fueron valoradas erróneamente y cuál es la interpretación cabal que debió hacer el Juez a quo de mérito para dictar su absolución, esa fundamentación no existe, no existe una expresión de agravios, lo cual conlleva a considerar que el Juez a quo resolvió de forma debida al haber encontrado culpabilidad en el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, aplicando una sanción penal acorde a dicha definición.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS SOBRE LA VERIFICACIÓN DE CONTRADICCIÓN Y LA POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS

En el caso precedente el recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, la apreciación subjetiva del Tribunal de alzada, y la falta de resolución objetiva y coherente de su recurso de apelación restringida. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar si los extremos denunciados son evidentes, si vulneran los derechos al debido proceso, a la defensa y si constituyen contradicción con la doctrina legal invocada de los precedentes invocados.

III.1. La labor de contraste en el recurso de casación