Auto Supremo AS/0345/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2019-RRC

Fecha: 15-May-2019

Agrega que no se puede basar en un petitorio, tal como lo refiere el Ministerio


Agrega que no se puede basar en un petitorio, tal como lo refiere el Ministerio Público, sino que debe de ser fundamentado del porqué de la Sentencia, las circunstancias, la peligrosidad del imputado, si es o no reincidente, la formación del imputado y otros aspectos que marquen la imposición de una u otra pena, lo cual se extraña por el Tribunal de alzada; más al contrario, se puede divisar la imposición de 10 años, bajo un argumento jurídico válido, basando su decisión a este punto, con base a los arts. 37 y ss. del CP, al tomarse en cuenta la base de las circunstancias del hecho que los rodea, la mayor o menor gravedad del delito, sus consecuencias, la personalidad del autor las atenuantes y agravantes, todo en relación al acusado Yasmani Fernández Surduy, donde se consideró todas las circunstancias que se describieron, que se trataría de una persona joven, de origen humilde sin antecedentes penales, lo cual se habría demostrado dentro del desarrollo del juicio, su anuencia y colaboración, así como el arrepentimiento, en la conducta asumida al momento de la comisión del delito, por lo que antes de aplicar la pena se tomó en cuenta, siendo lo más importante dar la oportunidad de reencausar su vida y su reinserción a la sociedad. Por lo que se visualiza que los juzgadores han tomado en cuenta la normativa para la determinación de la cuantificación de la pena