Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0345/2019-RRC
Fecha: 15-May-2019
III.2. Análisis del caso
III.2. Análisis del caso
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Por memorial presentado el 3 de agosto de 2018, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 945/2018-RA de 16 de octubre,
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Por esos argumentos, señala que el Auto de Vista no emitió una resolución debidamente fundamentada,
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 945/2018-RA de 16 de octubre, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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El 23 de septiembre de 2015 efectivos del Grupo de Inteligencia de Operaciones Especiales (GIOE),
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A momento de la declaración voluntaria de Yasmani Fernández Sarduy manifestó que Juan Carlos Montoya
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En ese sentido, se hace criterio del total de los miembros del Tribunal, que la
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La parte recurrente presentó contra la Sentencia recurso de apelación restringida, manifestando que dicha resolución
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De las literales MP-D-3 y MP-D-11, actas de prueba de campo en el lugar del
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El Tribunal basa su Sentencia en la inexistencia de prueba literal alguna que demuestre o
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De otro lado con relación a Yasmani Fernández Sarduy, el Tribunal dictamina una pena de
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La Sentencia con inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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Radicada la causa en la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, resolvió
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El mismo recurrente señala que el imputado Yasmani Fernández Sarduy, reconoce claramente que el coimputado
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Agrega que no se puede basar en un petitorio, tal como lo refiere el Ministerio
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Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia contenida en el Auto
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. Análisis del caso
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Con estos antecedentes se estableció la siguiente doctrina legal aplicable: “…El marco del nuevo Código
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El Tribunal ad quem, en los asuntos sometidos a su control, tiene la obligatoriedad de
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Consiguientemente, se establecen situaciones de hecho similares, al denunciarse en el caso de autos que
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Ahora bien, respecto a la falta de motivación y fundamentación, previamente es menester precisar que
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el juzgador
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Lo anterior significa, que se está ante una falta de fundamentación o motivación cuando la
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De manera específica, con relación a las resoluciones emitidas por los Tribunales de apelación, previa
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Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
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Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
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Toda vez que el recurrente señala que el Auto de Vista impugnado careció de fundamentación
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Estos antecedentes denotan que al agravio del recurrente referente a que no exista fundamentación de
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Respecto al motivo tercero, en sentido de que el Auto de Vista careció de fundamentación
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Finalmente, el recurrente indicó como motivo quinto que el Auto de Vista recurrido careció de
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En consecuencia, de todo lo anotado se advierte en el caso presente que la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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