Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0351/2019-RRC
Fecha: 15-May-2019
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Por memoriales presentados el 20 y 27 de abril de 2018, la Gerencia Regional La
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Contra la referida Sentencia y su complementario, el imputado Amílcar Ervin Vega Orellana (fs
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I.1.1. Motivos de los Recursos de Casación
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De los recursos de casación interpuestos por la Aduana Nacional y Amilcar Ervin Vega Orellana,
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I.1.1.2. Motivos del Recurso de Amilcar Ervin Vega Orellana
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 824/2018-RA de 10 de septiembre, este Tribunal admitió los recursos de
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia 4/2016 de 2 de marzo, el Tribunal Octavo de Sentencia del Tribunal Departamental
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Por ello, de manera unánime el Tribunal de juicio, en aplicación del principio iuria novit
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Con la notificación de la Sentencia, el acusado Amilcar Ervin Vega Orellana y la representación
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Denunció la errónea aplicación de la Ley, siendo que la Sentencia no tomó en cuenta
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En relación al recurso de apelación restringida de Amilcar Ervin Vega Orellana, concluyó sobre los
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En relación al agravio expresado sobre la prueba MP5, concluyó que la parte apelante tenía
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Respecto a la denuncia de error de subsunción, el Tribunal de alzada resolvió indicando que
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Relativo a la existencia de duda razonable e insuficiencia de la prueba, el Tribunal de
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En referencia a la apelación de la Aduana Nacional, el Tribunal de alzada estableció luego
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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El art
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2. Análisis del Caso concreto
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III.2.1. Análisis del Recurso interpuesto por la Aduana Nacional
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La entidad recurrente denuncia que en Sentencia no se aplicó de forma correcta el quantum
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El recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 683/2014-RRC de 27 de noviembre, que
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El entendimiento asumido en el precedente, efectivamente guarda relación con la problemática planteada por el
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Una de las reglas generales en cuanto a la aplicación de la Ley penal en
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Otra de las excepciones a la regla está referido al principio de ultractividad de la
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En cualquiera de los cuatro principios, su aplicación práctica radica en un eje central o
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Para determinar y solucionar la disyuntiva que representa la problemática como temática de abordaje procesal
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Lo normal es que la Ley rija desde su promulgación hasta su derogación, y deberá
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retroactivo
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El reconocimiento de tales principios que rigen la aplicación de la Ley en el tiempo,
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En el caso de autos, se tiene que en Sentencia se impuso a Amilcar Ervin
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Para establecer si el razonamiento expresado en Sentencia y por el Tribunal de alzada resulta
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Consiguientemente, el Tribunal de Sentencia y el Tribunal de alzada, al soslayar tales razonamientos, aplicando
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En conclusión, bajo estos fundamentos y por la compulsa realizada, es evidente que el Auto
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III.2.2. Análisis del Recurso interpuesto por Amilcar Eervin Vega Orellana
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Primero, el recurrente invoca como precedente contradictorio para fundar el error de subsunción, el Auto
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Consiguientemente, para determinar si efectivamente el Tribunal de alzada incurrió en contrariedad al
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En el presente caso, de la revisión de los hechos expuestos y probados en Sentencia,
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En lo que respecta a la acción que refiere el tipo penal, en relación a
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En ese entendido, referir que, en el caso de autos, se ha endilgado las conductas
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Es así, que para la concurrencia de los incisos f) y g) del art
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Por ello, la acción desplegada por Amilcar Ervin Vega Orellana, considerada en Sentencia y el
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Segundo; el recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista con relación a
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En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
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En el caso de autos, de la lectura del apartado II
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Entonces, considerando lo resuelto por el ad quem, descendiendo en el análisis del motivo, de
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Respecto a los requisitos previstos por el art
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Además, todo recurrente debe cumplir con los requisitos de contenido al plantear la apelación
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Atendiendo lo desglosado en la doctrina legal, el Tribunal de alzada, luego de radicar el
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Considerando los fundamentos del presente análisis y del contraste de la resolución invocada como precedente
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Consiguientemente, en mérito a las puntualizaciones vertidas, el presente motivo de casación, no encuentra sustento
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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