Auto Supremo AS/0456/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2019

Fecha: 02-May-2019

De lo expuesto se colige que la autoridad judicial no se encuentra obligada a seguir

De lo expuesto se colige que la autoridad judicial no se encuentra obligada a seguir el criterio del perito, pudiendo apartarse del mismo de manera fundada y explicando sus propias conclusiones en base a las reglas de la sana crítica y prudente criterio, tomando en cuenta el elenco probatorio admitido en el desarrollo del proceso (principio de unidad de la prueba). En ese entendido, en el caso de autos, se advierte que el Tribunal de alzada en el último párrafo del apartado II.2.1., en atribución a la facultad conferida por las citadas normas, de manera clara y precisa, procedió a explicar las razones por las cuales se alejaba del informe emitido por la perito de descargo, fundando sus propias conclusiones amparado en los medios probatorios producidos y presentados en el proceso. Por lo tanto, el reclamo de la parte recurrente en sentido de que la autoridad jurisdiccional tenía la obligación de considerar el dictamen pericial, carece de sustento, pues es la misma Ley, que faculta a dicha autoridad a apartarse del dictamen mediante resolución fundada, tal y como ocurrió en el caso de autos