Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0456/2019
Fecha: 02-May-2019
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Autónomo Municipal de
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Proceso: Mejor derecho de propietario, acción negatoria y reivindicación
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Distrito: La Paz
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CONSIDERANDO I
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De igual forma el juez de la causa ante la solicitud de complementación y enmienda
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DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACION
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Aducen también que no se habría considerado que el pago de impuestos a la propiedad
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Por los fundamentos expuestos solicitó se anule el Auto de Vista y se ordene al
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De la respuesta al recurso de casación
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- Que los fundamentos expuestos en el recurso de casación no serían claros y objetivos
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- Indicaron que a lo largo del recurso no se demostraría las supuestas vulneraciones, falsedades
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-Refieren también, que la entidad recurrente pretendería hacer valer la certificación de un perito que
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- Refieren que su derecho propietario frente al aducido por la entidad demandada, tendría prevalencia
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Por lo expuesto solicitaron se declare infundado el recurso de casación de la parte demandada
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CONSIDERANDO III
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III.1.- Del Principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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III
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Sobre el tópico es menester previamente enfatizar, que la omisión de pronunciamiento o en lo
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De lo que se concluye cuando se alegue en amparo de esta causal art
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Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
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Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
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Al respecto, corresponde señalar que el art
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De esta manera, para resolver sobre una pretensión de mejor derecho de propiedad el presupuesto
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CONSIDERANDO IV
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Sobre el particular, y con la finalidad de establecer si el reclamo acusado es o
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De estas apreciaciones, se infiere que si bien es cierto que el Tribunal de alzada
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Ahora bien, la autoridad competente para conocer y resolver esta acción real, conforme lo estipula
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Al constituirse el presente reclamo en uno que atinge a la estructura formal de la
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En ese entendido, ahondando en la omisión de consideración acusada en esta etapa casación, de
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Con relación a este reclamo, y con la finalidad de evitar reiteraciones innecesarias que lo
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Para considerar este reclamo debemos señalar que la prueba pericial, conforme lo estipula el Código
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De lo expuesto se colige que la autoridad judicial no se encuentra obligada a seguir
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No obstante, una vez desvirtuados los reclamos traídos a casación por la entidad demandada, es
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Por las razones expuestas, corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu
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