Auto Supremo AS/0310/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2019

Fecha: 26-Jun-2019

b) Argumenta como segundo punto de su recurso, la violación y aplicación errónea de

b) Argumenta como segundo punto de su recurso, la violación y aplicación errónea de los arts. 154 del CPT, art. 9 del DS 28699 de 1 mayo de 2006 y 4to del Decreto Reglamentario de la LGT, manifestando que el tribunal de alzada no mencionó ni valoró los argumentos de la defensa, respecto a la contratación de los profesionales que son completamente temporales, respondiendo al plazo que dura cada semestre académico, de 4 meses y medio, ajustándose perfectamente a ser tareas no permanentes de la empresa, resaltando como prueba que extendían facturas de ley, en calidad de profesionales independientes, aclarando que en los recesos no percibían remuneración alguna, por lo que están plenamente facultados para acordar una vinculación civil con los demandantes, quienes no tenían ningún tipo de subordinación ni dependencia, al mantener asesoramiento a particulares, simultáneamente a lo que prestaban servicios en favor de la universidad y que tampoco se podría considerar que fueron despedidos, al concluir la vigencia de los contratos