POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, CASA EN PARTE el Auto de Vista N° 181/2017-SSA-I de 18 de agosto, cursante a fs. 636 a 638 vta., con relación al cálculo del bono de antigüedad, teniendo que tomar como base un salario mínimo nacional, modificándose el salario promedio indemnizable, así como los demás beneficios sociales correspondientes, modificándose la liquidación realizada en primera instancia, debiendo cancelar la Fundación Universidad Americana, la suma de Bs. 118.481,25.-(Bolivianos ciento dieciocho mil cuatrocientos ochenta y uno 25/100) a favor de los demandantes, de acuerdo a la siguiente liquidación:
SANTIAGO BERRIOS CABALLERO
Tiempo de Servicios como Docente 7 años y 11 meses
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.091,24
Indemnización Bs. 8.638,68
Aguinaldo Doble y Duod.2013 Bs. 3.182,78
Bono de Antigüedad Bs. 4.096,82
TOTAL Bs. 17.009,82
Más la multa de 30 % Bs. 5.102,95
TOTAL ADEUDADO (DOCENTE) Bs. 22.112,77
Tiempo de Servicios como Jefe de
Carrera 4 años
Salario Promedio indemnizable Bs. 1.000
Indemnización Bs. 4.000
Aguinaldo Doble 2010 Bs. 2.000
Aguinaldo 2011 (no le corresponde por
no llegar a los 3 meses)
TOTAL Bs. 6.000
Multa 30 % Bs. 1.800
TOTAL ADEUDADO COMO JEFE DE
CARRERA Bs. 7.800
JOSE DAVID BERRIOS FERNANDEZ
Tiempo de Servicios como Docente 8 años, 5 meses y 16 días
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.205,3
Desahucio Bs. 3.615,9
Indemnización Bs.10.198,98
Aguinaldo doble 2012 y Duod.2013 Bs. 3.522,16
Bono de Antigüedad Bs. 5.459,82
TOTAL Bs.24.001,36
Mas multa del 30% Bs. 7.200,41
TOTAL ADEUDADO (DOCENTE) Bs.31.201,77
Tiempo de Servicios como Jefe de
Carrera 1 año
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.000
Indemnización Bs. 1.000
Aguinaldo Doble Duod. 2011 Bs. 1.500
Aguinaldo Doble Duod. 2012 Bs. 500
TOTAL Bs. 3.000
Más la Multa del 30% Bs. 900
TOTAL ADEUDADO (JEFE DE CARRERA) Bs. 3.900
STANLEY CAMBEROS CAMACHO
Tiempo de Servicios como Docente 8 años, 10 meses y 4 días
Salario Promedio Indemnizable Bs. 2.199,55
Desahucio Bs. 6.598,65
Indemnización Bs. 19.453,8
Aguinaldo doble 2011 Bs. 4.399,1
Aguinaldo doble Duod. 2012 Bs. 3.714,80
Bono de Antigüedad Bs. 4.754,65
TOTAL Bs. 41.120,55
Más Multa del 30 % Bs. 12.336,16
TOTAL ADEUDADO Bs. 53.456,71
Montos que serán actualizados en ejecución de fallos conforme establece el DS 28699. Sin costas y sin responsabilidad por ser excusable
SANTIAGO BERRIOS CABALLERO
Tiempo de Servicios como Docente 7 años y 11 meses
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.091,24
Indemnización Bs. 8.638,68
Aguinaldo Doble y Duod.2013 Bs. 3.182,78
Bono de Antigüedad Bs. 4.096,82
TOTAL Bs. 17.009,82
Más la multa de 30 % Bs. 5.102,95
TOTAL ADEUDADO (DOCENTE) Bs. 22.112,77
Tiempo de Servicios como Jefe de
Carrera 4 años
Salario Promedio indemnizable Bs. 1.000
Indemnización Bs. 4.000
Aguinaldo Doble 2010 Bs. 2.000
Aguinaldo 2011 (no le corresponde por
no llegar a los 3 meses)
TOTAL Bs. 6.000
Multa 30 % Bs. 1.800
TOTAL ADEUDADO COMO JEFE DE
CARRERA Bs. 7.800
JOSE DAVID BERRIOS FERNANDEZ
Tiempo de Servicios como Docente 8 años, 5 meses y 16 días
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.205,3
Desahucio Bs. 3.615,9
Indemnización Bs.10.198,98
Aguinaldo doble 2012 y Duod.2013 Bs. 3.522,16
Bono de Antigüedad Bs. 5.459,82
TOTAL Bs.24.001,36
Mas multa del 30% Bs. 7.200,41
TOTAL ADEUDADO (DOCENTE) Bs.31.201,77
Tiempo de Servicios como Jefe de
Carrera 1 año
Salario Promedio Indemnizable Bs. 1.000
Indemnización Bs. 1.000
Aguinaldo Doble Duod. 2011 Bs. 1.500
Aguinaldo Doble Duod. 2012 Bs. 500
TOTAL Bs. 3.000
Más la Multa del 30% Bs. 900
TOTAL ADEUDADO (JEFE DE CARRERA) Bs. 3.900
STANLEY CAMBEROS CAMACHO
Tiempo de Servicios como Docente 8 años, 10 meses y 4 días
Salario Promedio Indemnizable Bs. 2.199,55
Desahucio Bs. 6.598,65
Indemnización Bs. 19.453,8
Aguinaldo doble 2011 Bs. 4.399,1
Aguinaldo doble Duod. 2012 Bs. 3.714,80
Bono de Antigüedad Bs. 4.754,65
TOTAL Bs. 41.120,55
Más Multa del 30 % Bs. 12.336,16
TOTAL ADEUDADO Bs. 53.456,71
Montos que serán actualizados en ejecución de fallos conforme establece el DS 28699. Sin costas y sin responsabilidad por ser excusable
- Tramitado el proceso de referencia, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social 3ra
- En grado de apelación interpuesta por la parte demandada de fs
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, por medio de su representante
- b) Argumenta como segundo punto de su recurso, la violación y aplicación errónea de
- Con relación a las funciones de Jefes de Carrera, afirma que estos solo eran de
- c) Argumenta como tercer punto de su recurso, la violación y aplicación errónea del art
- Manifestando que, al emitir facturas unipersonales, lo hicieron como consultores o profesionales independientes, por todos
- d) Argumenta como cuarto punto de su recurso, la violación e interpretación errónea del art
- e) Argumenta como quinto punto de su recurso, la violación e interpretación errónea del DS
- Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo se
- I.3 Respuesta al recurso de casación
- Por memorial de fs
- En lo que corresponde al bono de antigüedad, aclaran que este se paga tanto a
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Previa la consideración de lo fundamentado por la parte recurrente, se debe tener en cuenta
- El recurso deberá reunir los siguientes requisitos
- En el caso concreto, analizado in extenso el recurso planteado de fs
- Consiguientemente este tribunal de casación, se pronuncia solamente sobre los demás puntos, referidos a presunta
- En cuanto a los argumentos establecidos en los incisos b) y c), al ser similares
- Sobre el tema, debe tenerse presente de inicio, que por la importancia de los derechos
- En el caso presente, analizados los antecedentes procesales, se evidencia que Santiago Berríos Caballero prestó
- Ahora bien, al cuestionarse por la parte demandada la existencia de una relación laboral propiamente,
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de 26
- Es así también que, conforme lo resolvió la instancia de apelación, la presentación de facturas,
- Debiendo tenerse presente además que, de acuerdo al artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28699
- Respecto a las funciones de Jefes de Carrera que desempeñaron los demandantes, de quienes alega
- Estas guías de orientación llevan al convencimiento que entre los actores y la parte demandada,
- Respecto al cuarto punto establecido en el inciso d) del recurso, donde menciona la violación
- En cuanto al quinto fundamento del recurso del punto e) donde alega la violación e
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
