Auto Supremo AS/0556/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2019

Fecha: 06-Jun-2019

Por otro lado, la entidad recurrente de manera genérica viene a reclamar en casación que

Por otro lado, la entidad recurrente de manera genérica viene a reclamar en casación que en el presente caso no operaría la demanda de reivindicación pretendida por Germán Antonio Quevedo Peña, ya que no se cumpliría con el requisito de identificación o singularización, además que no se demostró la privación injusta o arbitraria de los bienes pretendidos, por esta razón es preciso destacar que conforme al art. 1453 del Código Civil, para la procedencia de la acción reivindicatoria no es necesario que el reivindicante haya perdido la posesión de la cosa, derecho que debe tutelarse aún sin que haya estado en posesión, tal como ya se puntualizó en el A.S. Nº 321/2018 de 02 de mayo, entre otros, por lo tanto resulta innecesario justificar el motivo de pérdida de la posesión del demandante, de modo que en un primer momento basta con justificar el derecho de propiedad sobre los bienes del reivindicante, elementos que se traducen en el presente caso mediante los títulos de propiedad a fs. 3 y 12 a nombre de Germán Antonio Quevedo Peña, al mismo tiempo los títulos de propiedad mencionados y la inspección judicial de fs. 412 a 413 evidencian la existencia de las tres oficinas, demostrando los requisitos de identificación o singularización de la cosa, por lo que es irrelevante el reclamo efectuado