Auto Supremo AS/0389/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Al respecto, se observa que el Tribunal de alzada al momento de fundamentar su determinación,

Al respecto, se observa que el Tribunal de alzada al momento de fundamentar su determinación, interpretó erróneamente (infracción de normas a cuyos preceptos se otorga un sentido equivocado) la normativa que rige las notificaciones en materia tributaria; pues, conforme al análisis legal y jurisprudencial expuesto en la presente resolución, la notificación mediante edictos, solo procede cuando se establece la “inexistencia física” del domicilio tributario, no así, cuando el sujeto pasivo o contribuyente no se encuentra en “posesión” del domicilio tributario registrado