Auto Supremo AS/0389/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Con relación a la congruencia de las resoluciones, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 731/2014 de

Con relación a la congruencia de las resoluciones, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 731/2014 de 10 de abril, estableció:
“Con relación al punto analizado, la jurisprudencia constitucional, a través de la SC 1494/2011-R de 11 de octubre, señaló que: “…la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución. La concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, (…). En base a esas consideraciones, es que quien administra justicia, emitirá fallos motivados, congruentes y pertinentes.” (Textual)