Auto Supremo AS/0656/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2019

Fecha: 05-Jul-2019

Alegó que al haberse ampliado la demanda en su contra el Auto de 16 de

Alegó que al haberse ampliado la demanda en su contra el Auto de 16 de septiembre de 2013 de fs. 138 y vta., anuló obrados hasta fs. 36, por lo que no se habría admitido el mandato otorgado por Edwin Arturo Castellanos Mendoza, Honorable Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cercado en consecuencia, Carlos Fernando Salas Carrasco no tenía legitimación para adecuar petición y modificar y ampliar la demanda, más aún si el Testimonio Poder No. 200/2011 de 15 de abril, siendo un mandato general de acuerdo al art. 810.I del Código Civil a diferencia del expreso estipulado por el art. 810.II del mismo cuerpo legal, toda vez que observa que el apoderado carecía de facultades para demandar contra los herederos de Daniel García Camacho, Josefa Rodríguez Arias, Felipe Jaimes Sánchez y su persona. Por consiguiente, la ampliatoria de fs. 136 a 137, no existiría, concluyendo que en su contra no se habría dirigido ninguna demanda, no obstante en la parte resolutiva de la Sentencia al declarar probada la demanda y ampliación, misma en la que no consignaría la adecuación, modificación y ampliación de la demanda de fs. 148 a 148 vta., y el Auto de Vista lo confirma y no repara que no existiría demanda de acción negatoria y declaratoria de mejor derecho en su contra, e invoca el Auto Supremo No. 144 de 21 de abril de 2003