Auto Supremo AS/0656/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2019

Fecha: 05-Jul-2019

Añadieron que en el apartado III

Añadieron que en el apartado III.5, el fallo impugnado se refiere a la acción negatoria, citando el art. 1455 del Código Civil, para luego proceder a desarrollar los fundamentos de la resolución y la relación de los hechos, así como de la prueba para luego concluir, en que la Alcaldía habría demostrado con la prueba pericial que estarían ocupando terrenos expropiados sin que haya considerado que ocupan esos terrenos desde hace “muchos” años atrás, derecho que afirman es producto de un proceso ordinario de declaración de prescripción adquisitiva, que para la declaración mejor derecho debería realzarse un estudio de la tradición, añaden que de señalar las extensiones de cada uno de los lotes, estableciendo los límites que fueron terreno rústico y que el título de Humberto Coronel Rivas al que consideran ser un antecedente dominial refiere una terraza es decir, terreno de labranza y no correspondería su consideración, pues debe tener presente el derecho propietario de sus padres y el suyo como resultado de un proceso ordinario sin que la Alcaldía, haya hecho valer su mejor derecho que se efectúa en relación a su derecho propietario