Auto Supremo AS/0594/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

En cuanto al segundo agravio denunció la falta de pronunciamiento sobre la oposición formulado por


Contra la resolución impugnada, la acusadora particular Lenny Tatiana Valdivia Bautista en su condición de Ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción (fs. 35 a 37 vta.), interpuso recurso de apelación restringida bajo los siguientes argumentos:

Como primer agravio señala que sería insuficiente la fundamentación de la Sentencia (art. 370 inc. 5 del CPP), realizando una transcripción inextensa del criterio utilizado por las autoridades que emitieron la Resolución, aludiendo que la misma no tuvo una fundamentación clara y concisa que haya conllevado a la aplicación de dicha salida alternativa de procedimiento abreviado pues solo contuvo la aceptación del acusado, pero no se fundamentó las pruebas a la adecuación del tipo penal, tampoco se motivó la aplicación de la salida alternativa en relación a la decisión asumida, además que diferentes instituciones se habrían opuesto, ya que Dennis Grundy conjuntamente con otros participes utilizaron los ambientes del Ministerio de la Presidencia para fines personales de Gabriela Zapata.

En cuanto al segundo agravio denunció la falta de pronunciamiento sobre la oposición formulado por su cartera de Estado respecto al procedimiento abreviado, y las resoluciones de rechazo pendientes de resolverse, indicando que en el considerando III penúltimo párrafo de la Sentencia, se estableció “El Ministerio de Transparencia en su condición de coadyuvante, se adhirió a lo expresado por el Ministerio de la Presidencia, relativo a que estarían pendientes de revisión las impugnaciones de rechazos y pide se rechace el procedimiento abreviado porque en juicio oral se podría llegar a conocer la verdad histórica de los hechos y a los partícipes,” sin que se hayan pronunciado al respecto, dejando en indefensión y vulnerando la seguridad jurídica al no fundamentar dicha posición asumida en audiencia, en la que invocó los Autos Supremos 53/2014 de 24 de febrero y 85/2013 de 28 de marzo, referentes a la fundamentación. Por otro lado, añadió que con relación a la oposición de la salida alternativa, sostuvo que en el juicio oral se demostraría de mejor manera los hechos de corrupción, ya que el imputado al formar parte de la asociación delictuosa, realizó los mismos hechos con los otros co imputados que facilitaron la comisión de delitos por parte de Gabriela Zapata, aspectos que fueron inobservados e inclusive no realizaron una correcta valoración de las pruebas