Auto Supremo AS/0594/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

II.2. De la audiencia de procedimiento abreviado


Bajo dichos parámetros y tomando en cuenta que para cada delito acusado contiene los elementos objetivos y subjetivos, así como contando con lo previsto por el art. 373 del CPP, procede el procedimiento abreviado si existe el acuerdo del imputado y su abogado defensor, fundando el hecho y su participación, aseveración que consta de la relación de los hechos y del memorial de 4 de julio de 2016 del imputado en la que solicita acogerse a dicho procedimiento adjuntando el respectivo acuerdo conforme también lo dispone el art. 374 del CPP, adjuntándose como pruebas diferentes literales entre ellos, control de ingreso y salida, Cite 521/2016, Certificación del movimiento migratorio, acta de declaración de Hovser Assef, declaración de Jaime Jiménez, Flujos de llamadas.

II.2. De la audiencia de procedimiento abreviado