Auto Supremo AS/0607/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0607/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

El Ministerio Publico sustentó su agravio en que la sentencia pronunciada por la jueza a


Finalmente, respecto al tercer agravio, referido al defecto de la sentencia prevista por el núm. 10) del art. 370 del CPP que según el fundamento del tribunal de apelación es porque la sentencia no habría fundamentado la absolución, pero como está demostrado la sentencia realizó una valoración individual e integral de la prueba introducida legalmente al juicio. Por lo que pide se declare sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesto por la representante del Ministerio Público y, deliberando en el fondo se confirme en todas sus partes la sentencia absolutoria dictada por la jueza primea de sentencia de la capital y sea con costas en ambas instancias.

II.3.Del Auto de Vista 70/2018 de 13 de noviembre

El Ministerio Publico sustentó su agravio en que la sentencia pronunciada por la jueza a quo incurrió en contradicciones y violó la normas de la CPE, Convenido y tratados Internacionales y la ley procesal penal, incurriendo en los defectos previstos por los nums. 1), 5) y 6) del art 370 del CPP