Auto Supremo AS/0827/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0827/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Señaló que respecto a la declaración de testigos propuestos, ese pedido se formuló cuando el

2. El recurrente denunció que no se manifestaron en relación a su demanda reconvencional considerando el Testimonio N° 47/1986, que existe valoración inequívoca y no se mencionó las causales de nulidad descritas en el art. 549 inc. 1), 2) y 3) del Código Civil; que se consideró la nulidad amparada en el art. 1287 del CC con relación a su persona y no en referencia a la Escritura Pública N° 11/89 en la que Rosa Mamani de Coarity sola estampa sus huellas digitales sin la intervención de testigos de actuación y testigo a ruego.
3. Argumentó que el Auto de 03 de diciembre de 2018, el Tribunal de apelación procedió a calificar el proceso con costas cuando el art. 223.III del Código Procesal Civil, señala que las costas no operan en procesos dobles, lo que agravia a su persona.
Concluyó solicitando se dicte Auto Supremo anulando el Auto de Vista y disponga la emisión de uno nuevo; y se dicte resolución casando en el fondo y declare improbada la demanda.
De la contestación al recurso de casación.
Señaló que respecto a la declaración de testigos propuestos, ese pedido se formuló cuando el término de prueba ya se encontraba vencido, por tanto ya no merece considerarla; de la prueba documental, al admitir esa prueba y valorarla en sentencia no se vulneró norma alguna, debiendo tener presente que la valoración de la prueba no da mérito a la nulidad de obrados; los agravios del recurso de casación resultan impertinentes porque el reconvenir no da ningún derecho de propiedad sobre el bien inmueble en litigio, sino que el recurrente tampoco tiene derecho a deducir acción reconvencional, por haberse declarado probada la excepción de caducidad de derecho y consiguiente extinción de su acción ordinaria formulada vía reconvencional, que no impugnó determinando con ello que aquél no pueda cuestionar la sentencia; no explica en el recurso de casación, respecto al art. 1455 del Código Civil, en qué consiste la vulneración o aplicación errónea, cuando probó la parte actora ser legítima propietaria y que el demandado no lo es