Auto Supremo AS/0854/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0854/2019

Fecha: 28-Ago-2019

Así también, se acusó el incumplimiento a la Circular N° 131/97, a lo cual se

Así también, se acusó el incumplimiento a la Circular N° 131/97, a lo cual se debe señalar que esa observación no puede ser planteada en esta instancia, pues no es una etapa de establecer observaciones que no se hicieron oportunamente en el trámite del proceso; si a criterio de los recurrentes era imperiosa la necesidad de cumplir con las acciones señaladas por dicha Circular debió hacerla conocer al juez de origen a efectos de que se tome las previsiones concernientes para su diligencia, siendo insustancial plantear esa omisión como agravio de forma cuando no lo hizo oportunamente, más aun cuando no se establece la afectación sufrida por esa circunstancia. Por lo cual, se desestima la denuncia vertida que no es pasible a considerar una nulidad procesal