Sobre la “interversión del título” este Tribunal ha emitido el Auto Supremo N° 727/2016
Sobre la “interversión del título” este Tribunal ha emitido el Auto Supremo N° 727/2016 de 28 de junio: “Para el recurso de casación en el fondo, debemos tomar muy en cuenta la doctrina de la “INTERVERSION DEL TITULO”, en ese entendido diremos que nuestra jurisprudencia empezó a aplicar dicha teoría desde lo dispuesto en el Auto Supremo No. 567/2014 de fecha 9 de octubre, donde se otorgó los lineamientos generales sobre dicha teoría; ahora acotando a lo ya descrito en dicha resolución se tiene que, la doctrina ha destacado en todos los casos que se verifica la interversión del título o alzamiento contra la causa, cuando mediante actos ostensibles y exteriores existe una rebelión que logra consumarse logrando el cometido que se pretende, que no es otro de privar de la posesión a aquel en cuyo nombre se estaba poseyendo
- Expediente: SC-46-19-S
- Justiniano Roca, Marcelo
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
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- Concluyeron, solicitando anular el Auto de Vista o en su defecto casar el mismo, manteniendo
- En lo principal de su memorial de contestación Oscar Justiniano Rousseau señaló que
- CONSIDERANDO III
- La primera parte del texto legal describe el inicio de la aprehensión de la cosa,
- Sobre la “interversión del título” este Tribunal ha emitido el Auto Supremo N° 727/2016
- La posesión como hecho, según se ejerza sobre muebles o inmuebles, reconoce variaciones en cuanto
- CONSIDERANDO IV
- Respecto al agravio planteado se debe señalar que el Auto de Vista impugnado resuelve dos
- Así también, se acusó el incumplimiento a la Circular N° 131/97, a lo cual se
- 2
- En función a los agravios descritos se realizará la fundamentación exigida conforme las siguientes consideraciones
- A esto, Néstor Jorge Musto en su obra Derechos Reales, Tomo 1, 2000, pág
- Aunando a este razonamiento, igual de importante, es establecer la duración de la interversión, por
- Como corolario a este razonamiento, es necesario e imperioso que los juzgadores establezcan el inicio
- En esa circunstancia, conforme relata la demanda, Osvaldo Justiniano Rousseau el año 1964, instauró el
- Situación anterior que fue replicada por la parte demandada en la misma audiencia que manifestó:
- Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación son suficientes para revertir la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
