Auto Supremo AS/0862/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0862/2019

Fecha: 29-Ago-2019

En ambos casos para que se genere ese efecto interruptivo el acto debe tener por

II. La prescripción se interrumpe también por cualquier otro acto que sirva para constituir en mora al deudor”. Normativa que presenta dos escenarios de interrupción vía judicial y extrajudicial.
En ambos casos para que se genere ese efecto interruptivo el acto debe tener por finalidad el cobro de su crédito, es decir acreditar que no se encuentra en un estado de pasividad, o sea dicho acto debe conllevar esa intención de cobro para ser considerada como un acto que tiene por finalidad interrumpir ya sea de forma judicial o extra judicial la obligación, que en caso de la extra judicial debe ser puesto en conocimiento del deudor