Jorge Wilson Ustarez Beltran, en representación de Johan Christian, Allison Génesis y Jhoseline Claudia Arancibia
Jorge Wilson Ustarez Beltran, en representación de Johan Christian, Allison Génesis y Jhoseline Claudia Arancibia Calizaya, responde el recurso de casación, con los siguientes argumentos:
1.El recurso presentado no demuestra la existencia de violación a una determinada norma, tampoco explica o demuestra de qué manera el Tribunal de alzada hubiere interpretado de manera errónea alguna disposición, asimismo, no determina la forma o la circunstancia en que las autoridades judiciales hubieran aplicado de manera indebida la ley, por lo que el recurso no debería ser concedido y menos considerado
1.El recurso presentado no demuestra la existencia de violación a una determinada norma, tampoco explica o demuestra de qué manera el Tribunal de alzada hubiere interpretado de manera errónea alguna disposición, asimismo, no determina la forma o la circunstancia en que las autoridades judiciales hubieran aplicado de manera indebida la ley, por lo que el recurso no debería ser concedido y menos considerado
- Jorge Wilson Ustarez Beltran, en representación de Allison Génesis y Jhoseline Claudia Arancibia Calizaya, responden
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- c)En cuanto al pago y resarcimiento de daños y perjuicios
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- b)Juana Gutiérrez de Arancibia falleció el 25 de noviembre de 1
- c)Para el cómputo a partir del mes de septiembre del 2005, no existe prueba que
- d)Tampoco es evidente que el fallecido Richard Luis Arancibia Gutiérrez, nunca haya realizado actos de
- e)No es evidente la falta del presupuesto de la pérdida de la posesión, toda vez
- Señala como agravio, que conforme al art
- DE LA RESPUESTA A LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Jorge Wilson Ustarez Beltran, en representación de Johan Christian, Allison Génesis y Jhoseline Claudia Arancibia
- CONSIDERANDO III
- Este Tribunal Supremo de Justicia, sobre la forma de adquirir la propiedad por usucapión decenal
- De lo que se concluye, que la posesión está integrada por dos elementos el corpus
- De lo expuesto en dicho Auto Supremo, se tiene que para ser viable la usucapión
- Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos
- 2.De los requisitos de la acción reivindicatoria
- Respecto a los requisitos para la procedencia de la acción reivindicatoria corresponde citar el contenido
- La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
- Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia estableció a través de su jurisprudencia, que “…la
- 2.En cuanto a la posesión ejercida desde el año 2005
- Señala que el Tribunal Ad quem, no consideró la posesión que ejerce desde el año
- El art
- En el presente caso, dentro los argumentos que plantea Antonio Arancibia Quevedo en la demanda
- 3.En cuanto a la demanda reconvencional
- Al respecto, el Tribunal de segunda instancia estableció: “…la afirmación del actor-recurrente, respecto la falta
- 4.En cuanto al último agravio
- Por último, señala que conforme al art
- En conclusión, el recurrente fundó su demanda de usucapión, en una promesa de venta que
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
