Auto Supremo AS/0893/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0893/2019

Fecha: 06-Sep-2019

Señala como agravio, que conforme al art

Asimismo, el Tribunal Ad quem, no se pronunciaría sobre lo recurrido en cuanto a la demanda reconvencional, habida cuenta que los reconvencionistas nunca tuvieron posesión sobre el inmueble.
Citando como doctrina a Gonzalo Castellanos, señala que la sentencia no aplicó el art. 138 del CC, lo que importa una aplicación indebida, que importa una violación a la norma
Señala como agravio, que conforme al art. 138 del CC, la posesión de buena fe por el tiempo allí dispuesto, importa el reconocimiento a su derecho propietario, derecho consagrado en la norma supra y que debe ser reparado por el Tribunal Supremo de Justicia