Auto Supremo AS/0930/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0930/2019

Fecha: 17-Sep-2019

En razón a dichos fundamentos, el citado Tribunal de alzada CONFIRMÓ la sentencia apelada con

3.En mérito a esos antecedentes la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció el Auto de Vista Nº SCCII-98/2019 de 13 de mayo, que cursa de fs. 676 a 678 vta., donde los Jueces de alzada en lo trascendental de dicha resolución señalaron que la sentencia pone fin al litigio en el modo en que los hechos fueron demandados y en el caso de autos la demanda contra Felicia Herbas se habría sustentado en que ésta se opondría a la posesión de los demandantes a título de ser la supuesta dueña, por lo que existiría ausencia absoluta de relación obligacional que obligue a Felicia Herbas a entregar en favor de los demandantes el inmueble en litigio, pues a ella no le alcanzaría el efecto del art. 614 num. 1) y 2) del Código Civil, ya que no sería vendedora directa de los demandantes; situación que no afectaría el derecho de los demandantes de demandar otro tipo de acción real en contra de quienes impidan el ejercicio de su derecho propietario, por lo que resulta irrelevante la alegación de incorrecta valoración probatoria de la inspección judicial, pues dicho medio probatorio no se vincularía a la supuesta obligación de la codemandada a entregar el inmueble, pues su oposición sería a título de propietaria y sobre ese conflicto no versaría la demanda y no correspondería su dilucidación en mérito al principio de congruencia.
En razón a dichos fundamentos, el citado Tribunal de alzada CONFIRMÓ la sentencia apelada con costas y costos