Auto Supremo AS/0930/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0930/2019

Fecha: 17-Sep-2019

En virtud a lo reclamado, resulta pertinente realizar las siguientes precisiones

En virtud a lo reclamado, resulta pertinente realizar las siguientes precisiones:
-Benedicto Miranda Montalvo y Teresa Espada Padilla, por memorial que cursa de fs. 170 a 173 vta., interpusieron proceso ordinario de entrega de terreno, arguyendo que en virtud a la minuta de fecha 13 de diciembre del año 2011 que fue protocolizada en el Testimonio Nº 245/2012 de 3 de julio, habrían adquirido en calidad de compraventa de Raymunda Gonzáles Romero Vda. de Rodríguez un lote de terreno de 400 m2, ubicado en la zona de “Ckarapuncu”, provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca, que habrían registrado en Derechos Reales en la Matrícula computarizada Nº 1011990062248 en fecha 4 de julio de 2012. Sin embargo, pese a que los demandantes habrían cumplido con pagar el precio de la cosa (Bs. 40.000.-), la vendedora no habría cumplido con la obligación de entregar los 400 m2, tal como dispondría los arts. 614 num. 1) y 2) y 620 del Código Civil; de esta manera identificaron como sujeto pasivo de su pretensión a Raymunda Gonzáles Romero Vda. de Rodríguez