Al respecto Carlos Morales Guillén, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición,
El art. 510 del Código Civil, indica que: “I. En la interpretación de los contratos se debe averiguar cuál ha sido la intención común de las partes y no limitarse al sentido literal de las palabras. (…) II. En la determinación de la intención común de los contratantes se debe apreciar el comportamiento total de éstos y las circunstancias del contrato”.
Al respecto Carlos Morales Guillén, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición, Tomo I, respecto de la interpretación de los contratos nos señala que interpretar un contrato, es fijar su sentido y alcance, determinar en qué términos y hasta qué grado se obligaron las partes, no se discute la necesidad de interpretación para el normal funcionamiento del derecho, es consecuencia lógica de que toda la vida de relación esta moldeada por el derecho
Al respecto Carlos Morales Guillén, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición, Tomo I, respecto de la interpretación de los contratos nos señala que interpretar un contrato, es fijar su sentido y alcance, determinar en qué términos y hasta qué grado se obligaron las partes, no se discute la necesidad de interpretación para el normal funcionamiento del derecho, es consecuencia lógica de que toda la vida de relación esta moldeada por el derecho
- CONSIDERANDO I
- El objeto de la transacción se resume en las concesiones reciprocas contenidas en las cláusulas
- Resulta irrelevante y no conducente al propio objeto de la demanda (congruencia), el análisis de
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De los reclamos expuestos por René Villa Carrasco, se extraen de manera ordenada y en
- III.1. De la interpretación del art. 568 del Código Civil
- Al respecto, el art
- III.2. Sobre la naturaleza jurídica de la transacción
- El art
- Al respecto el tratadista Guillermo Borda con relación a la naturaleza jurídica de la transacción,
- III.4. De la interpretación de los contratos
- Al respecto Carlos Morales Guillén, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición,
- Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de la
- En nuestra legislación el art
- La investigación fundamental del intérprete, desde luego ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
- El principio fundamental de la interpretación: “a tanto se obliga el hombre a cuanto quiso
- Si la construcción gramatical de las cláusulas del contrato, es ambigua o anfibológica y provoca
- Siendo el contrato una asociación de pensamientos encaminados al logro del fin buscado por la
- CONSIDERANDO IV
- A continuación se procede a resolver los agravios planteados por el recurrente del siguiente modo
- En conclusión, no se verifica una infracción esencial al debido proceso y al no ser
- Determinada la pretensión del actor y tomando en cuenta que el proceso tiene por objeto
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
