El principio fundamental de la interpretación: “a tanto se obliga el hombre a cuanto quiso
El principio fundamental de la interpretación: “a tanto se obliga el hombre a cuanto quiso obligarse”. En ese a cuanto quiso está toda la clave: la necesidad de la interpretación y la subjetividad de la misma. La primera regla de la interpretación, no inserta el código, pero que surge inequívoca de todo ordenamiento jurídico, es que si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes debe estarse al sentido literal de sus cláusulas
- CONSIDERANDO I
- El objeto de la transacción se resume en las concesiones reciprocas contenidas en las cláusulas
- Resulta irrelevante y no conducente al propio objeto de la demanda (congruencia), el análisis de
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De los reclamos expuestos por René Villa Carrasco, se extraen de manera ordenada y en
- III.1. De la interpretación del art. 568 del Código Civil
- Al respecto, el art
- III.2. Sobre la naturaleza jurídica de la transacción
- El art
- Al respecto el tratadista Guillermo Borda con relación a la naturaleza jurídica de la transacción,
- III.4. De la interpretación de los contratos
- Al respecto Carlos Morales Guillén, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición,
- Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de la
- En nuestra legislación el art
- La investigación fundamental del intérprete, desde luego ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
- El principio fundamental de la interpretación: “a tanto se obliga el hombre a cuanto quiso
- Si la construcción gramatical de las cláusulas del contrato, es ambigua o anfibológica y provoca
- Siendo el contrato una asociación de pensamientos encaminados al logro del fin buscado por la
- CONSIDERANDO IV
- A continuación se procede a resolver los agravios planteados por el recurrente del siguiente modo
- En conclusión, no se verifica una infracción esencial al debido proceso y al no ser
- Determinada la pretensión del actor y tomando en cuenta que el proceso tiene por objeto
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
