Auto Supremo AS/0978/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0978/2019

Fecha: 25-Sep-2019

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3. Sostienen que el Auto de Vista contiene una escritura abstracta, sobre “iura novit curia”, en la que los de segunda instancia están en la obligación de explicar tal referencia, ya que los fallos de las autoridades deben ser entendibles y sin rebuscamiento.
4. Reclaman violación por los de segunda instancia sobre el art. 265.I del Código Procesal Civil, al tergiversar todo el petitorio de la demanda, manifestando de forma errónea que quien se equivoco fue el juez de primera instancia al señalar el objeto del proceso, sin embargo, la parte actora nunca demandó el contenido parcial de la minuta que fue protocolizada en la Escritura Pública Nº 186/2008, o sea el Auto de Vista falta a la verdad.
5. Arguyen que el Auto de Vista, no tiene acreditado las causales de nulidad parcial de la Escritura Pública Nº 196/2008 de 2 de abril, por causa y motivo ilícitos, incurriendo en errónea aplicación de los arts. 489, 490 y 549 num. 3) del Código Civil, asimismo no se demuestra que el documento en litigio sea contrario al orden público