El Auto de Vista argumenta que la juez A quo tenía que fundar con base
El Auto de Vista argumenta que la juez A quo tenía que fundar con base en la prueba, el hecho de que los títulos exhibidos por los actores tienen como objeto el inmueble que se inspeccionó y que los títulos de los demandados corresponden a otro inmueble, dicha conclusión solo puede fundarse en elementos técnicos y de expertos que pueden ser diligenciados de oficio, por lo que la sentencia resulta incongruente. El Tribunal Ad quem indica, que no puede realizar consideraciones esenciales que corresponden ser expuestas por la juez de primera instancia, que la sentencia no contiene argumentos válidos y sustanciales que resuelvan todos los aspectos demandados en la causa, no pudiendo suplir el Tribunal de alzada la negligencia de la juez A quo, especifican que la competencia del Tribunal Ad quem le limita a analizar las cuestiones decididas por el inferior; mantiene que los argumentos del Auto de Vista tienen sustento en uno de los agravios del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Bajo dichos fundamentos el Auto de Vista anuló la sentencia ordenando se emita nueva resolución considerando los parámetros expuestos por el Tribunal Ad quem
- otros
- CONSIDERANDO I
- El Auto de Vista argumenta que la juez A quo tenía que fundar con base
- De la impugnación deducida por los recurrentes se extrae lo siguiente
- 2
- 3
- 4
- Solicitan se case el Auto de Vista declarando probada la demanda
- Respuesta de Andrés Roberto Vargas Soliz, Isabel Soliz de Vargas, Gumercindo Félix Vargas Soliz, Serapio
- 1
- El Auto Supremo N° 464/2018 de 07 de junio indica: “Al respecto cabe señalar que,
- Consiguientemente, corresponde referir que de acuerdo a lo delineado en el punto III
- III.2. De la prueba de oficio en segunda instancia
- El art
- III
- El Máximo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos orienta, que en los
- Al respecto el Auto Supremo N° 122/2012 de 17 de mayo señala: “Expuestos los antecedentes
- Ahora bien cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando ser el propietario de
- En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
- Entablada la acción reivindicatoria podrá entonces presentar los siguientes supuestos: a) El actor presenta título
- Para el caso que se resuelve, nos interesa analizar el segundo supuesto, es decir aquel
- El criterio expuesto tiene su fundamento en el principio de armonía social analizado en la
- Ahora bien, el principio de armonía social se encuentra proclamado por las normas del art
- CONSIDERANDO IV
- Expresan que el Auto de Vista se centra en el hecho pernicioso, de que la
- Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea
- Producida la prueba por ambas partes, la juez A quo dictó sentencia declarando probada en
- Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso razonamos, que bajo el actual
- En el sub lite, el Auto de Vista decretado por la Sala Civil Primera del
- Finalmente, la nulidad de obrados dispuesta por el Tribunal de alzada no tiene justificación, si
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
