Auto Supremo AS/0979/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0979/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea

Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea coherente para su entendimiento, corresponde con carácter previo revisar los antecedentes que hacen al proceso, tenemos, que Asterio Luis Vargas Aira, Isac Alex Vargas Aira, Juan Justo Vargas Aira, Esperanza Aira Vda. de Vargas y Gimena Villarroel Lazarte, interpusieron demanda civil sobre acción reivindicatoria del bien inmueble ubicado en la zona de Chacacollo, distrito N° 35, manzana s/n, lote s/n en plena esquina de las avenidas Chapare y Octava con una superficie de 5.433 m2, indicando ser propietarios por declaratoria de herederos al fallecimiento de Asterio Vargas Soliz y Ubaldina Vargas Soliz en diferentes porcentajes, manifiestan que según la sentencia de 20 de febrero de 2002 dictada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil y Comercial de la Capital, se declaró probado el interdicto de adquirir posesión a favor de los fallecidos Asterio Vargas Soliz y Ubaldina Vargas Soliz, siendo posesionada su familia el 27 de junio de 2003, sin embargo en diciembre del año 2012 fueron agredidos y eyectados por los demandados, razón por la que solicitan la reivindicación del inmueble más el pago de daños y perjuicios. Citada la parte contraria, reconviene por acción negatoria, nulidad de declaratoria de herederos y nulidad del proceso de interdicto de adquirir posesión