Auto Supremo AS/0979/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0979/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Producida la prueba por ambas partes, la juez A quo dictó sentencia declarando probada en

Producida la prueba por ambas partes, la juez A quo dictó sentencia declarando probada en parte la demanda e improbada la acción reconvencional, disponiendo la entrega del bien inmueble por parte de los demandados a los actores, sin condena de daños y perjuicios, recurrida dicha resolución por los demandados, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dictó el Auto de Vista de 08 de marzo que anuló la sentencia, fundamentando que la juez A quo al momento de dictar la sentencia incurrió en omisiones e imprecisiones, toda vez que los demandados argumentaron en su reconvención ser propietarios del inmueble objeto del proceso, observando además la validez de la declaratoria de herederos de los demandantes que sería falso, aspectos que de ser evidentes, desvirtuarían el derecho propietario de la parte actora, indica el Auto de Vista que los demandados, aclararon que el inmueble sobre el que registró la parte actora su derecho propietario por declaratoria de herederos habría sido previamente transferido, que los demandados expusieron en la reconvención los fundamentos fácticos tendientes a demostrar la nulidad de la declaratoria de herederos, entendiendo el Tribunal Ad quem, que si la declaratoria de herederos sustenta el argumento de la demanda y en caso de ser falsa o ilegal, no podría respaldar el derecho propietario de los actores. Observa que la juez debió pronunciarse sobre esos aspectos desvirtuándolos o reconociéndoles mérito, con el fin de declarar con certeza la existencia del derecho de propiedad que se pretende tutelar con la acción reivindicatoria o en su caso su inexistencia